Cuando una persona fallece (con o sin testamento) y existen varios herederos, no siempre resulta sencillo alcanzar acuerdos entre ellos. Es muy frecuente encontrarnos con un heredero que no quiere firmar la escritura de aceptación de herencia, o no quiere colaborar en el proceso. Normalmente, esto viene por desacuerdos familiares previos.
¿Puede un heredero paralizar la herencia?
Sí, un heredero puede paralizar los trámites de la herencia si decide no colaborar.
Este tipo de conflictos bloquea la aceptación de herencia, que requiere que todos los herederos firmen a la vez la escritura ante Notario o el documento privado de aceptación de herencia. Y ello nos ata de manos en cuanto a la gestión del patrimonio del difunto, especialmente para las cuentas bancarias, y los inmuebles, entre otros.
¿Qué puedo hacer si un heredero bloquea la herencia?
Lo primero, es entender el motivo real de la conducta del otro heredero. ¿Se trata de un conflicto familiar previo, de un error de conocimiento en la gestión de la herencia, o de un desacuerdo en la valoración de los bienes?
Una vez se conoce el motivo de fondo por el que no se quiere aceptar la herencia, podemos proponer alternativas, soluciones, o establecer un diálogo cordial para intentar lograr un acuerdo entre todos los herederos.
La clave está en actuar con rapidez, porque cuánto más tiempo pasa sin gestionar el conflicto, más se arraiga a nivel familiar. Una actuación temprana suele facilitar soluciones más ágiles y evitar mayores tensiones familiares.
Lo hemos intentado todo… pero no se ha podido firmar. Ahora, ¿qué?
El Código Civil de Cataluña tiene una herramienta llamada “interpellatio in iure”. Se trata de un requerimiento al heredero que está bloqueando la herencia, para que en un plazo de dos meses, diga si quiere aceptar o renunciar a la herencia. Si pasan los dos meses y no responde, se entiende que ha renunciado a la herencia. Este requerimiento lo tiene que hacer el Notario competente.
Y aunque esta vía suele desbloquear la situación, ocurre a veces que se contesta conforme se acepta la herencia, pero no se practica la adjudicación o reparto de los bienes… Y podemos volver al bloqueo inicial.
En ese caso, la única alternativa es acudir a la vía judicial, solicitando la partición de la herencia.
En la mayoría de casos, toda esta situación puede evitarse con un testamento adecuado a la situación familiar, donde ya esté establecido el reparto de los bienes. Así, se minimiza el conflicto familiar.
En COM IURE ofrecemos asesoramiento en herencias, legítimas y sucesiones, acompañando a cada familia de forma cercana, clara y personalizada. Te escuchamos.
ADVERTENCIA: estamos situados en Blanes, Girona, por lo que la normativa aplicable es la de Cataluña. El contenido de este artículo tiene carácter meramente informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado.
